LEY MARCO DE AUTONOMIAS CON EQUIDAD DE GENERO
Y NUEVO CONTROL SOCIAL
De este modo, “se podrá avanzar en la práctica hacia la justicia social, la inclusión y la no discriminación, que ha sido el sentido de lucha de las organizaciones de mujeres, a lo largo de varias décadas”. Teniendo la Ley Marco de Autonomías, como parte de las cinco leyes pilares del nuevo Estado Plurinacional, “nosotras debemos trabajar en función de la equidad para que esté planteada explícitamente en los estatutos autonómicos departamentales y en las cartas orgánicas municipales, donde ningún sector de la sociedad quede al margen del desarrollo”, agrega dicho documento.
En los principios de la Ley Marco de Autonomías se afirma que la equidad de género es un principio fundamental del desarrollo de los gobiernos autónomos, esto en la Autonomía Departamental, Autonomía Regional, Autonomía Municipal y Autonomía Indígena Originaria Campesina.
Es por ello que está escrito: “la equidad e igualdad como formas de establecer equilibrios”. La Ley plantea la equidad de género en cuanto al ejercicio y garantía de los derechos, también se establece en los contenidos el respeto a la equidad social como principios fundamentales de crear equivalencia en el manejo de los recursos y la participación cualitativa de las mujeres respecto a las decisiones en el marco de los gobiernos autónomos”.
Adiós a la Ley de Participación Popular
Otro gran cambio que se aprobó en la Ley Autonómica también es la abrogación de la Ley de Participación Popular. “La Asamblea Legislativa Plurinacional definió la abrogación de la Ley 1551 de Participación Popular, promulgada el 20 de abril de 1994, una de las leyes que constituyó el modelo neoliberal en el país”.
“Esta abrogación significa que ahora con la elaboración de una nueva Carta Orgánica Municipal, las organizaciones sociales de los diferentes municipios tienen que pensar cómo se va a ejercer el control social dentro de lo que es el territorio municipal ejerciendo la Autonomía Municipal”, explicó Nora Quispe, representante del CPMGA.
Quispe agregó que Bolivia está ante la construcción de nuevos sujetos autonómicos, quienes tienen que establecer sus derechos y obligaciones en el marco de las cartas orgánicas, lo que además implica pensar en nuevas formas de generar recursos propios para sostener políticas públicas con equidad.
Control social con otro contenido
“Posiblemente se tendrá que pensar que ya no existirán los Comités de Vigilancia y crear otro tipo de control social en el cual se involucre toda la ciudadanía o ver la manera de que cada junta vecinal genere ese espacio de control social”, acotó Quispe. “Mientras no exista una nueva normativa municipal que cree ese control social, todavía se puede afirmar que está vigente el Comité de Vigilancia, dependiendo también de la visión de los gobiernos municipales porque se podría añadir otras características o finalmente descartar esta entidad”.
Entonces, según esta abrogación de la Ley de Participación Popular no hay ninguna ley que sustente la permanencia o continuidad del Comité de Vigilancia como ente de control social. Además se está abrogando la Ley 1674 respecto a la descentralización administrativa.
“Una vez abrogadas estas leyes se tendría que pensar quienes serán los sujetos de control social en municipios como El Alto y ver de qué manera se hará un manejo transparente con mayor equidad y equilibrio”.